Conoce la Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes

Las personas con discapacidad estamos más vinculadas a los hospitales que una persona sin discapacidad. Nuestros diagnósticos y algunas enfermedades asociadas a la deficiencia base hace que tengamos más experiencia con esta área. Por este motivo es vital que sepamos sobre la nueva ley sobre Derechos y Deberes de los Pacientes.

La ley entró en vigencia el lunes 1 de octubre y establece cuáles son los derechos y deberes de las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención de salud, resguardando los principios básicos de dicha atención de salud tanto en el sector público como privado.

A continuación se detallan los derechos y deberes con que cada uno cuenta al ser paciente en un recinto de salud.

Derechos de los Pacientes:

A una atención  segura y de calidad. Esto significa que cuando se le brinde una atención de salud  se cumpla con las normas y protocolos establecidos, es decir, que no se le opere de la cadera equivocada o se le suministre un medicamento que no corresponde. Eso incluye además que se le informe en caso que ocurra un evento adverso, así como también de si en el establecimiento se registra algún tipo de infección intrahospitalaria o hay errores en la atención. También significa que el médico o funcionario que lo atiende se identifique o tenga una credencial con su nombre y cargo.

A recibir información oportuna y comprensible de su enfermedad, así como también de las alternativas de tratamiento que dispone para su patología y los riesgos que puede enfrentar. También de los resultados de sus exámenes o de los trámites que debe realizar para acceder a una atención de salud.

A recibir un trato digno, una atención respetuosa y amable. Es decir, que el paciente sea llamado por su nombre, que le respondan adecuadamente cuando pregunte.

A que se le respete y proteja su privacidad durante su atención de salud, es decir, que no puede ser fotografiado ni grabado con fines de difusión, sin su autorización.

Compañía y asistencia espiritual, se le debe permitir al paciente recibir visitas de familiares o amigos durante su hospitalización o  compañía y asistencia religiosa o espiritual, si lo desea.

Recibir un informe médico que contenga todos los procedimientos aplicados mientras estuvo hospitalizado. Eso incluye: el diagnóstico, quién los atendió, los exámenes que le realizaron, qué medicamentos se le suministró, el tiempo que permaneció internado en el hospital o clínica.

Que se le entregue un informe que incluya los precios de las prestaciones que recibió, además de los insumos, medicamentos, honorarios médicos, exámenes, derechos de pabellón, día-cama, información que debe ser dada a conocer antes del pago.

Ficha Clínica, se establece el resguardo de la ficha clínica y los  datos médicos los cuales no pueden ser entregados a personas no relacionadas con la atención del paciente.

Aceptar o rechazar un tratamiento,  una cirugía, o cualquier otro procedimiento médico. Esto tanto en el caso que la persona esté sana o en una condición terminal. No obstante, en ningún caso el rechazo podrá tener como objetivo la aceleración artificial de la muerte o un suicidio asistido. Además se incluye el derecho a que se respete su decisión de querer o no informar a sus familiares sobre su estado de salud.

Alta voluntaria, en el caso que la persona exprese su deseo de no ser tratada podrá solicitar el alta médica voluntaria.
Investigación Científica, aceptar o rechazar ser parte de una investigación científica. En este caso la persona debe autorizarlo por escrito.

Interculturalidad,  en los centros de salud públicos, que tienen alta concentración de población indígena, se establece que deberán contar con facilitadores y/o señalética escrita con el idioma del pueblo originario.

Personas con discapacidad psíquica o intelectual, en el caso de empleo de medidas de aislamiento o contención  deberá consignarse en la ficha clínica y se establece instancias de reclamos para revisión de las medidas adoptadas, entre otros.

Deberes de los Pacientes:

Entregar información veraz acerca de su enfermedad, identidad y dirección.

Conocer y cumplir el reglamento interno del establecimiento de salud y resguardar su información médica.

Cuidar las instalaciones y equipamiento del recinto de salud. En caso de ocasionar daños se deberá responder según las reglas generales.

Tratar respetuosamente al personal del recinto. Sea profesionales de la salud, técnicos o administrativos. Lo mismo rige para los familiares del paciente o sus representantes.

Informarse acerca de los horarios de funcionamiento, de las modalidades de atención y formas de pago.

Informarse acerca de los procedimientos de reclamos y consultas establecidos

Cumplimiento de la ley

Las personas que vean vulnerado sus derechos podrán reclamar en primera instancia al prestador de salud. En caso que la respuesta no sea satisfactoria, el usuario podrá recurrir a la Superintendencia de Salud, organismo que será el encargado por velar por el cumplimiento de esta ley. En caso que las irregularidades que se detecten no sean corregidas por los prestadores de salud en los plazos fijados por la autoridad, serán sancionados.

Ya lo sabes, estos son tus deberes y derechos como pacientes. La carta elaborada por el Ministerio de Salud la debes encontrar en todas las instituciones de salud, tales como: consultorios, hospitales y clínicas del país.

Descarga la Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes.

Fuente: Ministerio de Salud.