Estamos a días de las elecciones municipales y para que una persona con discapacidad pueda ir a votar, es posible que lo haga acompañado o acompañada pudiendo hacer uso del voto asistido.
¿Cómo hacerlo? La Ley N° 18.700 establece dos opciones:
- Una persona con discapacidad puede ir acompañada por una persona mayor de 18 años de su confianza. Para ello, debe informar al Presidente de la Mesa para ser asistido hasta el interior de la cámara secreta y durante todo el proceso.
- Si la persona con discapacidad no está acompañada al momento de votar, puede pedir asistencia al Presidente de la Mesa. En este caso, el acompañante no puede entrar a la cámara secreta y se quedará afuera esperando para doblar y cerrar tu voto con la estampilla
En ambos casos, el Secretario de la mesa debe registrar el voto asistido, la identidad del votante y de su asistente.
Las personas con discapacidad visual deben solicitar al presidente de la mesa, la plantilla de votación con ranuras o la plantilla con ranuras y números en Braille. Esta última se sobrepone al voto y permite saber la ubicación de los candidatos a través de números asignados a cada uno. El delegado de la Junta Electoral tiene el deber de instruir a los electores que presenten discapacidad visual o personas ciegas, sobre el uso de la plantilla. De esto también se deberá dejar constancia en el acta de la mesa.
Además, se debe tener en cuenta los siguientes consejos, difundidos por SENADIS, para el día de las elecciones:
- Si la persona con discapacidad o la persona que le acompaña necesitan ayuda, puede acudir a las Fuerzas del Orden Público, con el fin de tener un acceso expedito y adecuado a la respectiva mesa de votación.
- La Ley sanciona al integrante de la mesa que impida, obstaculice o dificulte maliciosamente el ejercicio del derecho a sufragio de una persona.
- Cuando una persona con discapacidad esté dentro de la cámara secreta, puede tomarse el tiempo necesario para ejercer tu derecho a sufragio. No es necesario que realice el sufragio de manera apurada.
- Si una persona con discapacidad no puede firmar en el espacio que corresponda en el Padrón de Mesa, debe estampar su huella digital del pulgar derecho.
- El carné de identidad es el único documento para acreditar identidad y ejercer el derecho a sufragar. La Credencial de Discapacidad NO es un documento para votar.
Fuente: Senadis.